Chartering sostenible: cláusulas CII/EEXI y reparto del coste del carbono

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El sector marítimo vive una revolución hacia la sostenibilidad. La reducción de emisiones contaminantes es ya una obligación que impacta directamente en los contratos de fletamento o chartering. En este sentido, los índices CII (Coeficiente de Intensidad de Carbono) y los límites EEXI (Indicador Energético de Eficiencia de Diseño) marcan nuevos estándares para la operación y contratación de buques. Este artículo aborda en detalle las cláusulas relacionadas con CII y EEXI en los contratos de chartering y propone modelos justos para el reparto del coste del carbono entre armadores y fletadores.

 

Tabla de contenidos

  • ¿Qué es el chartering sostenible?

  • Marco normativo: EEXI y CII en contexto

  • Impacto de CII y EEXI en el contrato de chartering

  • Incorporación de cláusulas CII/EEXI en los contratos

  • Modelos de cláusulas CII/EEXI en contratos tipo

  • El reto del reparto del coste del carbono

  • Beneficios y desafíos del chartering sostenible

  • Recomendaciones para pactar contratos de chartering con enfoque sostenible

  • Bloques visuales
  • Enlaces internos y externos

 

¿Qué es el chartering sostenible?

El chartering sostenible se refiere a la contratación de buques bajo condiciones que priorizan la reducción del impacto ambiental, especialmente en relación con la huella de carbono. El sector marítimo representa aproximadamente el 3% de las emisiones globales de CO₂, y la Organización Marítima Internacional (OMI) ha impulsado regulaciones para reducir dicha cifra al menos en un 50% para 2050 respecto a niveles de 2008.

Por ello, las empresas involucradas en el transporte marítimo deben adoptar criterios de sostenibilidad en sus contratos. Esto implica nuevas cláusulas en contratos de fletamento orientadas a controlar, medir y limitar la huella de carbono.

 

Marco normativo: EEXI y CII en contexto

Dos conceptos clave que han surgido en materia de sostenibilidad marítima son:

  • EEXI (Energy Efficiency Existing Ship Index): establece un límite obligatorio para la eficiencia energética de los buques existentes. Este índice calcula la cantidad mínima de energía que un buque debe consumir para navegar eficientemente en función de su diseño.
  • CII (Carbon Intensity Indicator): mide la intensidad de carbono de la operación anual del buque, es decir, la cantidad de CO₂ emitida por unidad de carga transportada y distancia navegada. Su valoración está sujeta a datos operativos reales y debe mantenerse dentro de niveles definidos por la OMI para cada año en un período de 5 años.

Ambos parámetros forman parte del nuevo régimen regulatorio impulsado por la OMI para acelerar la descarbonización del transporte marítimo, y su cumplimiento se ha integrado en la documentación técnica y comercial de la embarcación.

 

Impacto de CII y EEXI en el contrato de chartering

El contrato de fletamento o chartering es el acuerdo que regula el uso del buque entre armador (propietario) y fletador (usuario), estableciendo derechos, obligaciones, plazos y condiciones para ambas partes. Históricamente, estos contratos incluían consideraciones técnicas y comerciales básicas; sin embargo, hoy deben incorporar prestaciones relacionadas con la eficiencia energética y las emisiones.

Incorporación de cláusulas CII y EEXI

Las cláusulas relacionadas con CII y EEXI buscan asegurar que el buque utilice combustibles eficientes, mantenga sus parámetros dentro de los límites regulatorios y reporte su desempeño de forma transparente. Se incluyen aspectos como:

  • Declaración y garantía del armador en cuanto a cumplimiento del EEXI y la mejora continua del CII.
  • Obligación de reportar datos fiables y oportunos de consumo energético y emisiones, para que el fletador pueda evaluar el desempeño ambiental durante el periodo del charter.
  • Medidas correctivas definidas en caso de incumplimiento del CII, incluyendo la posibilidad de penalizaciones o ajustes en el pago del flete.
  • Derechos de auditoría para el fletador, permitiéndole verificar el cumplimiento y acceder a datos reales proporcionados por el buque.
  • Asignación de responsabilidades y costes derivados de mejoras técnicas requeridas para cumplir con los estándares o de la adopción de combustibles más limpios.

 

Modelos de cláusulas CII/EEXI en contratos tipo

A continuación, se resumen modelos prácticos de cláusulas que integran las disposiciones regulatorias y prácticas de mercado para el chartering sostenible:

Cláusula de cumplimiento y garantía de eficiencia energética

“El armador garantiza que el buque cumple con los requisitos mínimos de EEXI y mantendrá el CII dentro de los límites anuales establecidos por la OMI durante el periodo de este contrato. En caso de que la intensidad de carbono se encuentre por encima del límite anual aplicable, el armador notificará a la otra parte y adoptará medidas correctivas para reducir las emisiones a un nivel aceptable.”

Cláusula de reporte y auditoría de datos

“El armador se compromete a proporcionar al fletador, con periodicidad mensual / trimestral, informes detallados sobre el consumo de combustible, emisiones de CO₂, cargas transportadas y millas navegadas. El fletador tendrá derecho a verificar estos datos mediante auditorías razonables realizadas por terceros independientes.”

Cláusula de reparto de costes por emisiones excedentes

“En caso de que el desempeño del buque exceda los límites de CII aplicables y se generen costos adicionales relacionados con compensaciones, impuestos o cargos por carbono, el armador y el fletador acordarán un reparto proporcional de estos costes de acuerdo al volumen de carga y tiempo efectivo de utilización.”

Cláusula de incentivos y penalizaciones

“Se establecerá un mecanismo de incentivos para el armador si el índice CII se mantiene por debajo del límite exigido durante el contrato, mediante bonificación en el monto del flete. De igual forma, para el caso contrario, se aplicarán penalizaciones proporcionales al grado de incumplimiento.”

 

El reto del reparto del coste del carbono

Un tema central en el chartering sostenible es cómo repartir los costes derivados de la reducción de emisiones y el pago por el carbono generado. Esto es complejo porque involucra múltiples actores y variables.

Principales tipos de costes a considerar
  • Coste de combustibles alternativos: tecnologías limpias o combustibles bajos en carbono suelen ser más caros que el bunker tradicional.
  • Inversiones en tecnologías: mejoras técnicas para cumplir con EEXI (por ejemplo, sistemas de propulsión, mejoras del casco, energías renovables auxiliares).
  • Impuestos y tasas por emisiones: como los mecanismos de comercio de emisiones y gravámenes nacionales o internacionales.
  • Costes derivados de la documentación y reporte: generación de informes, auditorías y cumplimiento documental.

Métodos habituales para repartir el coste del carbono

Dadas estas variables, el contrato puede prever uno o más de los siguientes esquemas según la negociación y perfil del buque:

Costes a cargo del armador

El armador asume íntegramente los costes relacionados con la eficiencia energética, considerándolos parte de la operación del buque. Este modelo suele darse en fletamentos de nave entera con control total del armador sobre gestión técnica.

 Costes a cargo del fletador

El fletador paga sobre la base de sus operaciones, asumiendo costes de emisiones relacionados con la cantidad de carga y tiempo que utiliza el buque. Este modelo es común en contratos de viaje o de tiempo donde el fletador gestiona directamente el uso del buque.

Reparto proporcional

Los costes se dividen según fórmulas objetivas que pueden considerar:

  • Volumen de carga transportada.
  • Tiempo de fletamento o uso del buque.

Fórmulas mixtas e incentivos

Combina parte del coste fijo a armador con variables vinculadas al desempeño del buque y su cumplimiento con CII. Puede incluir bonificaciones al armador por eficiencia y penalizaciones por incumplimiento.

 

Propuesta práctica para el reparto justo del coste del carbono

Para lograr un reparto equitativo, es recomendable establecer en el contrato:

  1. Métricas claras y objetivas: basar los cálculos en KPIs aceptados, como toneladas de CO₂ emitidas, distancia navegada y carga transportada.
  2. Reporte transparente y definido: establecer formatos, periodicidad y responsables para el envío de datos confiables.
  3. Fórmulas de cálculo sencillas: por ejemplo, coste total x (toneladas transportadas por fletador ÷ toneladas totales del viaje) o coste total x (días de fletamento ÷ días totales operados).
  4. Mecanismos para resolver discrepancias: pautas para auditorías y solución de disputas sobre datos o cálculos.
  5. Flexibilidad para actualizar fórmulas: prever revisiones en función de la normativa futura o avances tecnológicos.

 

Beneficios y desafíos del chartering sostenible

Adoptar cláusulas CII/EEXI y repartir equitativamente el coste del carbono genera importantes beneficios:

  • Mejora en la reputación ambiental.
  • Cumplimiento normativo que evita sanciones o limitaciones operativas.
  • Impulso a la innovación y eficiencia en operación y tecnología.
  • Mayor transparencia y confianza entre armadores y fletadores.

Sin embargo, también enfrenta desafíos:

  • Dificultad de obtener datos precisos y verificables.
  • Negociación compleja para definir reparto justo y equilibrado.
  • Variabilidad de costes futuros y modificaciones regulatorias.
  • Necesidad de capacitación técnica y legal para comprender y aplicar las cláusulas.

 

Recomendaciones para pactar contratos de chartering con enfoque sostenible

Para aprovechar las ventajas y reducir riesgos, es indispensable:

  • Incorporar cláusulas específicas de CII/EEXI y coste de carbono, claras, mesurables y acordadas por ambas partes.
  • Establecer mecanismos de reporte y auditoría que garanticen la transparencia y confianza en la información ambiental que acompaña la operación.
  • Prever fórmulas flexibles y justas para el reparto de costes, adaptadas al tipo de contrato de fletamento y al perfil del buque.
  • Considerar incentivos para mejorar el desempeño ambiental del buque e incentivar inversiones en eficiencia energética.
  • Capacitar a equipos legales, comerciales y técnicos para negociar, interpretar y cumplir las cláusulas sostenibles.
  • Monitorear la evolución regulatoria y tecnológica para ajustar contratos y operaciones en tiempo real.

Bloques visuales

 

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El futuro del fletamento.
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Gráfico de barras que muestra la diferencia de costes para un buque con una calificación de CII baja.

 

Enlaces internos y externos

 

El chartering sostenible es una realidad ineludible para el sector marítimo que desea alinearse con las metas globales de descarbonización. Incluir cláusulas claras y adecuadas sobre CII y EEXI en los contratos de fletamento es fundamental para garantizar el cumplimiento normativo y la transparencia operativa. Asimismo, la correcta definición del reparto del coste del carbono evita conflictos y fomenta la cooperación entre armadores y fletadores.

Adoptar estas prácticas no solo contribuye a preservar el medio ambiente, sino que fortalece la competitividad y sostenibilidad del transporte marítimo a largo plazo, adecuándolo a las demandas actuales y futuras del mercado global.

La descarbonización del transporte marítimo no es solo una responsabilidad de los propietarios de buques, sino un compromiso compartido por toda la cadena de valor, especialmente por quienes fletan los buques. La introducción del Índice de Eficiencia Energética de Buques Existentes (EEXI) y el Indicador de Intensidad de Carbono (CII) ha transformado el proceso de fletamento, impulsando el desarrollo de cláusulas contractuales que buscan alinear los intereses de los fletadores y los armadores. Este enfoque, conocido como chartering sostenible, es fundamental para lograr una reducción real de las emisiones y para definir quién asume el coste del carbono.

Las cláusulas CII/EEXI en los contratos de fletamento son el núcleo de esta nueva realidad. Estas disposiciones contractuales, como las desarrolladas por BIMCO, establecen un marco para la colaboración. Por ejemplo, una cláusula CII puede estipular que el fletador debe operar el buque de manera que el Indicador de Intensidad de Carbono anual no caiga por debajo de una calificación acordada. Esto puede implicar la adopción de una velocidad de navegación más lenta, la implementación de operaciones Just-in-Time o la optimización del plan de viaje. Para el armador, estas cláusulas ofrecen una garantía de que el valor de su activo no se verá comprometido por un mal rendimiento de la calificación CII. Para el fletador, representa una oportunidad para contribuir a sus propios objetivos de sostenibilidad y asegurar una cadena de suministro más verde.

El reparto del coste del carbono es otro elemento crítico. A medida que los impuestos al carbono y los esquemas de comercio de emisiones, como el ETS de la Unión Europea, se expanden, el costo de las emisiones se convierte en una variable importante en los fletes. Las nuevas cláusulas abordan directamente este punto, especificando si el fletador o el armador pagarán por las emisiones. Por lo general, se ha establecido que la responsabilidad recae en el fletador, ya que es quien controla la operación del buque y, por ende, su huella de carbono. Sin embargo, el contrato puede ofrecer incentivos o compensaciones al armador, como el pago de una porción de los ingresos del ETS, para fomentar la inversión en buques más eficientes.

En esencia, el chartering sostenible es la formalización contractual de una colaboración necesaria. Va más allá de las simples eficiencias operativas y se adentra en la gestión de la responsabilidad medioambiental y los costos asociados. Las cláusulas CII/EEXI no son solo documentos legales; son herramientas para el cambio, que aseguran que el compromiso con la sostenibilidad no sea solo una declaración de intenciones, sino una obligación medible y contractual. A medida que la industria avanza hacia sus objetivos de descarbonización, la adopción generalizada de estas prácticas de fletamento será un factor decisivo para el éxito de la transición energética en el transporte marítimo.

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